jueves, 1 de octubre de 2009

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PASOS PARA CONSTRUCCIÓN EN EL MUNICIPIO DE PASTO

PARA SU PRÓXIMO PROYECTO ES DE CONSTRUCCIÓN O REMODELACIÓN TENGA EN CUENTA LA SIGUIENTE INFORMACIÓN PARA OBTENER LA RESPECTIVA LICENCIA PARA QUE EVITE PROBLEMAS Y CONTRATIEMPOS CON LAS AUTORIDADES MUNICIPALES.


Ø Consulte ante Planeación Municipal el uso del suelo donde planea construir así sabrá si le es permitido por el POT realizar su obra.
Ø Contrate con el arquitecto o el ingeniero civil de confianza el proyecto de construcción o remodelación.


Ø En esta instancia es bueno que sepa que según el POT su obra debe guardar cierta semejanza con las demás edificaciones vecinas y estar acorde con el uso de suelos pero en definitiva con aprobación de curaduría mediante licencia.

Ø Obtenga la carta catastral en el Instituto Agustín Codazzi.
Ø Con este documento diríjase a Planeación Municipal y solicite ante planeación la demarcación urbanística.


Ø Tramite ante planeación los permisos de: demolición u ocupación de espacio público.
Ø Radique ante la curaduría su solicitud de licencia de construcción y espere a que esta dependencia le otorgue su licencia.


Ø Los trámites generan gastos que Ud. debe cubrir.

Ø Busque contratista profesional que puede ser arquitecto o ingeniero o asesoramiento y control constante de su obra. recuerde que su proyecto es de los más importantes que va a desarrollar.

Ø Una ves inicie su obra de construcción tenga en obra copia de todos los permisos, licencia de construcción y planos arquitectónicos y estructurales.

Ø Siempre cuide de guardar las distancias o aislamientos pertenecientes a andenes y zonas verdes y ubique su obra dentro de la línea paramental estos aislamientos o reglamentaciones aparecen en su licencia de construcción.

IMPORTANTE: CONSTRUYA CONFORME LO APROBADO EN PLANOS Y LICENCIA.
LICENCIAS URBANÍSTICAS


¿QUE SON LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS?

LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS SON AUTORIZACIONES PREVIAS PARA LA INTERVENCION SOBRE TERRENOS PRIVADOS O PÚBLICAS Y PARA REALIZAR OBRAS SOBRE ESTOS. ESTAS SE IMPLEMENTAN MEDIANTE DECRETO 564 DE 2006 DEL PRESIDENTE ALVARO URIBE VELEZ.

IMPORTANTE: TODAS LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS APROBADAS ESTARÁN DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL POT.

LAS LICENCIAS URBANÍSTICAS DIVIDEN EN LICENCIAS DE URBANIZACIÓN, PARCELACIÓN, SUBDIVISIÓN, CONSTRUCCION Y DE INTERVENCIÓN Y OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLLICO.


Ø LICENCIA DE URBANIZACIÓN Para ejecutar en predios de suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados y construcción de obras de infraestructura de servicios públicos y de vías para adecuación para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos.

Ø LICENCIA DE PARCELACIÓN Para ejecutar en predios localizados en suelo rural y suburbano, la creación de espacios públicos y privados, la ejecución de obras para vías e infraestructura y servicios domiciliarios que permitan destinar los predios a los usos permitidos por el POT.

Ø LICENCIA DE SUBDIVISIÓN para dividir predios ubicados en suelo rural, urbano o de expansión urbana de conformidad a lo dispuesto por el POT. Y normas complementarias. En suelo rural de acuerdo con el POT y la normatividad agraria y ambiental. EL RELOTEO es la autorización para dividir, redistribuir o modificar el loteo de los predios.

Ø LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y SUS MODALIDADES: Las modalidades de la Licencia de Construcción son OBRA NUEVA, AMPLIACION, ADECUACIÓN, MODIFICACIÓN RESTAURACIÓN, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, DEMOLICIÓN, Y CERRAMIENTO:

· LICENCIA PARA OBRA NUEVA. Para construir en terrenos no construidos.

· LICENCIA DE AMPLIACIÓN para incrementar el área construida de una edificación la cual es la suma de las áreas de todos los pisos excluyendo terrazas y áreas sin techar.

· LICENCIA DE ADECUACIÓN Es la autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella garantizando la permanencia del inmueble original. Cuando no se autoricen obras solo se deberá cancelar el 50%.

· LICENCIA DE MODIFICACIÓN Es la autorización para modificar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente sin incrementar su área construida.

· LICENCIA DE RESTAURACIÓN
· LICENCIA DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL De acuerdo a la ley 400 de 1997 (NSR 98.
· DEMOLICIÓN
· CERRAMIENTO
IMPORTANTE: TODO LOTE SIN CERRAR DEBERÁ SER CERRADO DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES DE LA RESOLUCIÓN 169 DE 2005.

Ø LICENCIA DE INTERVENCION Y OCUPACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO. Se solicita en la oficina de Planeación Municipal.
Información en Internet: Oficina de control físico en http://oficinacontrolfisico.blogspot.com/ http:// /
EL POT en : www.iucesmag.edu.co/pdfpubli/POT.pdf
Licencias urbanísticas: decreto 564 de 2006 http://www.cntv.org.co/cntv_bop/basedoc/decreto/2006/decreto_0564_2006.html